Sancionada ley que acaba los concursos de meritos para Gerentes de Hospitales Públicos

En el artículo 20 de la Ley 1797 sancionada hoy 13 de julio de 2016 por el presidente de la República, y que dicta las disposiciones que regularán la operación del Sistema General de Seguridad Social en Salud, se decreta que “los gerentes o directores de las empresas sociales del Estado del nivel territorial serán nombrados por el jefe de la respectiva entidad territorial. En el nivel nacional los gerentes o directores de las empresas sociales del Estado serán nombrados por el presidente de la República. Corresponderá al presidente de la República, a los gobernadores y los alcaldes, dentro de los tres meses siguientes a su posesión, adelantar los nombramientos regulados en el presente artículo, previa verificación del cumplimiento de los requisitos del cargo establecidos en las normas correspondientes y evaluación de las competencias que señale el Departamento Administrativo de la Función Pública”.

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