DE MERITOCRACIA Y GOBERNANZA DE LA GESTION DE LOS HOSPITALES PUBLICOS – ESES.

La gestión del desarrollo empresarial de los hospitales que conforman la red pública prestadora de servicios de salud en nuestros territorios, precisa a que se registren unos marcos intelectuales de transformaciones institucionales que en la competencia regulada, que obliga a que dichas  instituciones generen la productividad, competitividad y rentabilidad económica y social correspondientes; facilitando para las organizaciones del sector; los procesos financieros, contables, presupuéstales, pero sobre todo, la relación beneficio / costo de la prestación de los servicios asistenciales; mediante una acertada contratación, una adecuada facturación y un óptimo recaudo de la prestación de dichos servicios.

 

No obstante, desde la expedición de la ley 100 de 1993 evidenciamos el costo de mantener este pensamiento paradigmático del positivismo postmoderno de la salud, observamos que en las resoluciones del Ministerio de Salud, se han calificado en los últimos 4 años el Índice de Riesgo fiscal y financiero a las aproximadamente 1067 hospitales  públicos legalmente constituidos en toda la geografía nacional y que abarcan todos los niveles de complejidad, estimando en promedio que el índice de deterioro del riesgo fiscal de toda la red de hospitales públicos del país en un 68% cayeron en riesgo alto, en un13% en riesgo medio,  en un 11% en riesgo bajo y solo un 8% permanecen saneados financieramente; lo que indica que a este estado crítico entre la humanización de la salud y el economicismo rampante, le hace falta GOBERNANZA DE LA GESTIÒN, como política pública sana en todos los sentidos.

 

Si los teóricos y epistemólogos de la gestión pública, nos han enseñado que la gobernabilidad adquiere legitimidad cuando se genera la confianza y las creencias y credibilidad de las acciones de los servicios de salud de sus instituciones como el que nos ocupa y se adquiere en este caso de los hospitales públicos la Eficacia en el cumplimiento como Red de su rol misional para su nicho de mercado natural, que son los subsidiados de demanda y oferta y la garantía de la calidad de los servicios de salud por niveles de resolutividad que tienen como resultado final la satisfacción integral del paciente; vemos que las Sinergias del esquema de aseguramiento y producción de servicios con las autonomías debidas, el cumplimiento de los roles de cada uno de los estamentos de dirección y regulación, prestación de servicios, salud pública, Entidades Responsables de pago y vigilancia y control del sistema general de seguridad social en salud y las normas que lo regulan, para hacerse efectivas, requieren GERENTES asertivos, competentes, conocedores de los procesos hospitalarios públicos y que sus perfiles por competencias blinden con resultados eficientes, la solución en medio de las crisis clínico asistenciales y financieras,  los problemas de salud a quienes atiende. 

 

Por ello, cuando se tramitaba hace unos dos años la Reforma Ordinaria del Sistema de Salud en el Congreso de la Republica que se archivó y se incluyó  con loas para muchos de que los Alcaldes y Gobernadores nombraran directamente y a dedo con las malas experiencias anteriores a los Gerentes de Hospitales Públicos – ESES, como solución a la crisis hospitalarias, pensábamos que actuaban más con la improvisación, la falta de conocimiento de que son las autonomías de las Empresas Sociales del Estado ampliamente debatidas, como es la estructura del empleo público en Colombia y que son cargos de gerencia publica y estos porque el legislador y la constitución les obliga a acceder por mérito, capacidad y experiencia y estas actuaciones como ignorancias colectivas o como cortinas de humo para afrontar la crisis hospitalarias consecutivas y reinantes al no tener más salidas inteligentes para solucionar los problemas de salud de los colombianos, a pesar de que se hundió, quedo en la retina de quienes quieren sacar provecho propio de los micos cuasi legales de las normatividades y es así como este esperpento jurídico que va en contravía de la GOBERNANZA de los hospitales públicos – ESES, al ver que no se pudo por este lado y acogiendo que todo el sistema meritocratico inferimos se podía monopolizar y  manipular, mediante la autoridad y el poder del Plan Nacional de Desarrollo vigente;  se introdujo el lesivo e inexequible a todas luces Articulo 134 donde la acreditación de las universidades para realizar concurso de méritos del sistema de carrera administrativa y de los regímenes especiales como el de hospitales públicos ESES, pasaba a manos del Ministerio de Educación, quien ha demostrado que no le interesa ejercerla.

 

Lo anterior, ha traído problemas para la GOBERNANZA de los Hospitales Públicos – ESES cuyos Gerentes en Forma legal debían Unificar sus periodos con los Alcaldes y Gobernadores del país, el pasado 1 de abril pero registramos y estimamos a hoy que existe el siguiente panorama meritocratico:  de Unas 1067 Hospitales públicos ESES que en todo el país están en capacidad de adelantar el proceso meritocratico para designar sus nuevos Gerentes; solo se estiman 92 Reelectos y 177 adelantan contratos con las Universidades acreditadas existentes para que si todo les sale bien en el mes de Junio y julio se posesionen como Gerentes formales por los 4 años hasta el 31 de marzo de 2020 y quedan 798 gerentes encargados e interinos.

 

Pero la lectura anterior,  en términos técnicos y de experiencia en procesos de meritocracia, es que al tener  6 universidades acreditadas 2 no generan procesos representativos y 2 les acaban de dar la resolución de acreditación, quedando 4 prácticamente que adelantan concursos, estas por su capacidad de ejecución cuando un proceso meritocratico se desarrolla entre 60 y 75 días  si no se caen o se interponen procesos de reclamos por la vía judicial y/o de Tutela; estimamos que los 798 concursos potenciales se harán de a 150 trimestrales, o que indican que si todo es eficiente se terminarían en el mes de diciembre de 2017, lo que indica que muchos de los 4 años de gobernabilidad y responsabilidad directa se posesionaran para ejercer 2 años, lo que va en contravía de Articular y ejecutar el seguimiento y evaluación formal de los planes, programas y proyectos de salud pública Plan Decenal, Plan territorial de salud integral, Nuevo esquema del PIC.;  cumplimiento del componente de salud del  Plan de Desarrollo Departamental y Municipal y responsabilidad de evaluación de la gestión de la resolución 743 de 2013, como soportes viables de alcanzar metas y resultados a la salida de la crisis en salud y hospitalaria, lo cual es imposible con encargos e interinidades.

 

Por ello, LA RECUPERACION RAPIDA DE LA GOBERNANZA de la Gestión de los Hospitales Públicos – ESES, están en manos de la voluntad política y administrativa de los Actores  cada uno en su rol,  que firmaron entre otros actos y reuniones la Circular Conjunta No. 100 -01 de Marzo 28 de 2016, quienes deberán resolver los siguientes ámbitos problemicos a nuestro juicio a saber:

 

  1. El cumplimiento de la normatividad y espíritu de la ley, para mantener incólume el desarrollo constitucional de la función pública y la función administrativa.

 

Con el artículo 134 del Plan Nacional de Desarrollo se rompen las obligaciones y el rol constitucional de la función  pública que regentan el departamento administrativo de la función pública y la comisión nacional del servicio civil, que debe seguir expidiendo las acreditaciones del proceso regulador de concursos de méritos, el ministerio de educación no  avizora una reglamentación del decreto 413 de marzo 7 de 2016 para cumplir esta labor, es mejor que siga concentrado hoy en resolver  entre otras funciones del sistema nacional de educación; la grave problemática de la alimentación escolar de los niños pobres.

 

En el contexto de los principios de igualdad, imparcialidad, transparencia, eficiencia y equidad entre otros de La función administrativa de los concursos de méritos de los hospitales públicos ESES, la circular firmada por el Procurador, la ministra de educación, el ministro de salud y la Directora del departamento administrativo de la función pública dice en su último aparte: 3 En las bases para la realización de los concursos, las juntas directivas de las empresas Sociales del estado del nivel territorial definirán reglas imparciales, objetivas, justas, claras y completas para garantizar una selección transparente y que garantice el ingreso al mejor candidato” “¿pueden las juntas directivas cumplir esto cuando una gran cantidad ha declarado sus concursos desiertos por que los oferentes además de imponerles su posición monopólica y dominante, le imponen cronogramas, criterios de parámetros y estándares unilaterales que no van acordes con el perfil por competencias que ellas quieren para garantizar el mejor candidato? y ¿ por qué son las ESES las que deben condicionarse a las Universidades Acreditadas y no lo contrario si estas son las  contratistas y parecen contratantes?

 

  1. El Derecho A La Pluralidad de Oferentes de Universidades Acreditadas Para La Meritocracia

 

Los actos de gobernabilidad de la gestión pública, deben basarse en la buena fe guardada constitucional y no se puede en el respaldo que se le dio  inicialmente a las 4 universidades acreditadas, dejar entrever que esas son las transparentes y las que cumplen con los principios de la función administrativa y tácitamente existen unas 4 pendientes en la CNSC. Que presentaron sus documentos antes del 9 de junio de 2015 o sea hace 10 meses y no les han resuelto su acreditación en términos de la Guía Técnica a cumplir, agregan dos actos a dos universidades públicas como la Nacional y la ESAP y desconocen el resto, o sea hay universidades de primera y otras de segunda,  rompiendo el principio de igualdad e imparcialidad en estos trámites, que todas por igual tienen derecho.

 

Igualmente, existen solicitudes de más de 12 Universidades para acreditación ante el ministerio de educación y no es posible que ellos digan por un lado que están aprendiendo de la CNSC, y llevan ya 2 meses sin emitir la reglamentación o guía y al final informan no oficialmente, que estas solicitudes las devolvieron a la CNSC. Para que las tramite, aspectos que generan desconfianza y no son  actos de buen gobierno donde prevalezcan los derechos igualitarios de la función pública.

 

Del mismo tenor es lo afirmado en el último párrafo de la Circular 100 de marzo 28 de 2016, cuando los actores responsables del nivel nacional de cada sector comprometido en la acreditación de las universidades estipulan: “La Procuraduría General de la Nación, el Ministerio de Salud y Protección Social, el Ministerio de Educación Nacional y el Departamento Administrativo de la Función pública, realizaran un acompañamiento a los concursos o procesos de selección que se realicen en este sentido y en caso de incumplimiento del procedimiento o de presentarse hechos u omisiones que afecten la transparencia de los mismos y de sus resultados, presentarán las denuncias correspondientes o adelantarán los procesos a que haya lugar”. Quien esté exento de pecado que tire la primera piedra, ¡están seguro estas instituciones y los actores de los hospitales públicos y juntas directivas que contratan, que estos concursos hasta ahora de las universidades que revisten como impolutas, cumplen con el anterior precepto? ¿Las instituciones mencionadas  pueden garantizar que el acompañamiento que han hecho se garantizan en forma diáfana los principios de la función administrativa y función pública a lugar?

 

  1. Los Tiempos y Movimientos De La Unificación De La Gestión Territorial En Salud

 

De todos es sabido que el Decreto 052 de Enero 15 de 2016, del ministerio de salud, que era pertinente emitirlo para garantizar los vacíos y el debido proceso del artículo 85 constitucional, de dar la oportunidad de reelección a los gerentes, retrasó 15 días los tres meses que tenían los mandatarios territoriales para realizar el proceso meritocratico y unificar la gestión con los nuevos gerentes; ya que al correrse 15 días para ello contados a partir del 15 de enero de 2016, más 5 días para que la juntas directivas calificaran e informarán al Mandatario Territorial la decisión de Reelección y este 3 días para tomar su decisión definitiva, en ultimas después de este proceso, la apertura de los concursos de méritos se realizaba a partir aproximadamente del 12 de febrero pasado,  que no aseguraba que el 1 de abril se unificaran todos estos cargos.  

 

El decreto 413 de marzo 7 de 2016, no  contribuyó a dinamizar la pluralidad de oferentes, por cuanto condicionó al ministerio de educación el otorgamiento de la reglamentación para el efecto y la CNSC, de más de 6 solicitudes represadas antes del 9 de junio de 2015, solo ha tramitado 2 lo que hace que los tiempos y movimientos de unificación de gestión permanezca en más de un 70% de las Gerencias en interinidad y encargo.

 

  1. La Articulación Sincrónica De La Planeación En Salud

 

El gobierno nacional mediante los actos administrativos emitidos para el Plan Decenal de Salud y la articulación territorial de sus dimensiones y ejes transversales, del plan territorial de salud con los planes de desarrollo departamentales y Municipales que deben ser aprobados por las asambleas y los concejos en estas fechas y las nuevas estrategias del PIC y pase equidad, donde los recursos del eje de salud pública lo debe implementar las ESES – Hospitales Públicos y la articulación de la red pública con el Plan financiero territorial en salud de los departamentos en virtud de la resolución  4834 del ministerio de salud y la sincronización y puesta a tono del modelo de salud PAIS, MIAS y RIAS en las regiones, no va a ser posible comprometerlos cabalmente y con responsabilidades de metas de logros en tiempo real, por cuanto las interinidades y los encargos no  están pensando en el mediano plazo y en el sistema de medición de evaluaciones, ya que ni pueden cumplir con el articulo 70,71 y 72 de que le aprueben un plan de gestión de la resolución 743 de 2016 y ello hace que el 75% de las gerencias interinas o de encargo no generen gobernabilidad en la planeación, pues solo apagan incendios de reportes y statu quo del desarrollo empresarial del hospital, sin visión prospectiva.

 

  1. El Compromiso de pagar la deuda social y resolver la problemática en salud y fortalecer la Red Prestadora de servicios de salud

 

Los  viejos compromisos y nuevas estrategias para  fortalecer la red prestadora de servicios de salud, en cuanto a la gobernanza de depurar los estados financieros, sanear los pasivos, cumplir con los indicadores de convenio de desempeño unos, cumplir con  el plan de desempeño otros, liquidar los contratos, hacer la nueva contratación de prestadores de servicios y desarrollar las estrategias de sacar en su mayoría los hospitales en crisis, mejorando nuevos proyectos que fortalezcan las dinámicas espaciales de la red pública prestadora de servicios, no encuentra buen gobierno en los encargados e interinos, pues muy a pesar que pueden realizar el Plan de Desarrollo Institucional que muchos hacen pero muchas veces sin compromisos de impacto en salud, atrasan los compromisos de pagar una deuda social en salud en una red prestadora que necesita repensarse.

 

 

 

  1. La prospectiva de regulación meritocratico y estabilidad de la gestión del Desarrollo empresarial Hospitalario a corto plazo

 

Todo hospital público ESE, en un nuevo Plan de Gestión, Plan de mejora, plan territorial de salud y plan de desarrollo territorial entre otros conexos ya enunciados, debe visionarse en prospectiva de soluciones a corto, mediano y largo plazo con la capacidad de maniobra operativa, administrativa y financiera pertinente, para que se actué con firmeza en las soluciones del presente y los encargos e interinidades solo apagan incendio en el mas de los mismo del statu quo del quehacer institucional.

 

  1. Propuesta de Fortalecimiento Institucional Para la Recuperación de la Gobernanza en el Proceso Meritocratico de los Hospitales Públicos – ESES.

 

Como producto de lo anterior y para recuperar en la forma más eficiente posible la GOBERNANZA de los HOSPITALES PUBLICOS – ESES  con respecto a los procesos Meritocraticos proponemos:

 

  • Generar credibilidad y principio de igualdad por parte de la CNSC y el Ministerio de Educación Nacional y tramitar los procesos de acreditación de las universidades radicadas con más de 9 meses y tramitarlas con la mayor eficiencia.
  • Que se respeten por parte de las Universidades Oligopólicas, los parámetros y estándares del resorte de las Juntas Directivas de las ESES, donde cada una tiene su autonomía y sus tiempos y movimientos de actuación para que no se les impongan parámetros de las universidades para resolverles sus economías de escala y que no se respeten los mandatos del contratante.
  • No permitir que las economías de escala de las Universidades oligopólicas violen normatividades ya resueltas en las garantías constitucionales a los inscritos del debido proceso, acceso a función pública y acceso a cargos públicos y dejar de no aceptar a los inscritos con argumentos de que no presentó libreta militar y mucho menos invalidar especializaciones como la epidemiologia al no considerarlas de salud pública, entre otros exabruptos ya superados;  además de incluir en las autonomías de las Juntas directivas en sus parámetros que los participantes no pueden inscribirse en otros concursos con la misma universidad y en la misma fecha, ya que cuando las acreditaron garantizaron en el ítem de capacidad logística que podían garantizar los procesos en forma individual. 
  • Demostrar y exigir a las universidades por parte de las Juntas directivas que las pruebas deben tener garantías de un modelo ético de actuación, blindando o buscando mecanismos de igualdad, imparcialidad y garantía de transparencia en las pruebas de conocimientos, en las pruebas de competencias laborales y en la calificación de las hojas de vida.
  • Ya es hora de Actualizar y poner a tono de la transparencia y demás principios de la función administrativa, los vacíos existentes en el Decreto 800 de Marzo 14 de 2008 y la Resolución 165 de marzo 18 de 2008, que han tenido con este tres procesos Meritocraticos y adolecen en sus dinámicas de ajustes de igualdad, mejora en los procesos técnicos, garantías de eficiencia y complementos de las normas gerenciales del sector salud y responsabilidades de los hospitales públicos – ESES a ser coherentes con las salidas a la crisis en salud y al postconflicto para la paz en salud que amerita la construcción de nuevos y renovados perfiles por competencias correspondientes.

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